Circular: CSNIII-I-004-2023
Guatemala 12 de Mayo 2023
Estimado condómino/a
De conformidad con el artículo trece “Convocatoria”: Las convocatorias a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias se harán por medio de la Junta Directiva, indicando el carácter de la sesión, fecha, hora y lugar. En el caso de la Asamblea General extraordinaria también se incluirá la agenda a tratar. La convocatoria debe llegar a cada asociado por lo menos diez días de anticipación.
Por lo anterior, la actual Junta Directiva de la Asociación de Propietarios del Condominio Condado San Nicolás III Fase I convoca a la “ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS” que se celebrará el día JUEVES 25 DE MAYO 2023. Primera convocatoria a las 18:00 horas en punto, segunda convocatoria a las 19:00 horas, en el PARQUEO DE CASA CLUB DEL CONDOMINIO con el objeto de atender la siguiente agenda:
- INFORME FINANCIERO DE REPARACIÓN, CAMBIO DE BOMBA Y MOTOR DEL POZO DE AGUA COMPARTIDO.
- PROPUESTA DE MEJORA DE PROTECCIÓN DE BOMBA Y MOTOR DEL POZO DE AGUA COMPARTIDO.
- PROPUESTA DE RECAPITALIZACIÓN DE FONDOS PARA FUTUROS EVENTOS.
- REORIENTACIÓN DE USO DEL ESPACIO COMERCIAL EN ÁREA DE ADMINISTRACIÓN.
- PUNTOS VARIOS
No esta demás indicar que de conformidad con el Artículo Dieciséis “Quórum”: de los Estatutos de la Asociación de Propietarios del Condominio Condado San Nicolás III Fase I, establece que: “El quórum para que para las sesiones de asamblea general se consideren válidamente reunidas, deberán estar integrados por lo menos con la presencia del 65% de los asociados activos presentes y representados. Si el día y hora fijados en la convocatoria no se reúne el quórum indicado, la sesión se celebrará una hora después, en el mismo lugar y fecha fijados con los asociados que se encuentren presentes o representados, sin necesidad de nueva convocatoria”.
Para participar en la asamblea deberá ser propietario de uno o varios inmuebles en el condominio o ser representante, acreditando para el efecto a través de su documento personal de identificación.
En caso de ejercer la representación de un propietario, el representante deberá presentar carta poder simple de delegación o el mandato respectivo, dicha representación es válida para una residencia, es decir un condómino únicamente puede representar su domicilio y una representación extra.
. Atentamente,
JUNTA DIRECTIVA 2023-2024