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CONVOCATORIA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS CONDOMINIO CONDADO SAN NICOLÁS III FASE I

Circular: CSNIII-I-004-2023

Guatemala 12 de Mayo 2023

Estimado condómino/a

De conformidad con el artículo treceConvocatoria”: Las convocatorias a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias se harán por medio de la Junta Directiva, indicando el carácter de la sesión, fecha, hora y lugar. En el caso de la Asamblea General extraordinaria también se incluirá la agenda a tratar. La convocatoria debe llegar a  cada asociado por lo menos diez días de anticipación.

Por lo anterior, la actual Junta Directiva de la Asociación de Propietarios del Condominio Condado San Nicolás III Fase I convoca a la “ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS” que se celebrará el día JUEVES 25 DE MAYO 2023.  Primera convocatoria a las 18:00 horas en punto, segunda convocatoria a las 19:00 horas,    en el PARQUEO DE CASA CLUB DEL CONDOMINIO con el objeto de atender la siguiente agenda:

  1. INFORME FINANCIERO DE REPARACIÓN, CAMBIO DE BOMBA Y MOTOR DEL POZO DE AGUA COMPARTIDO.
  2. PROPUESTA DE MEJORA DE PROTECCIÓN DE BOMBA Y MOTOR DEL POZO DE AGUA COMPARTIDO.
  3. PROPUESTA DE RECAPITALIZACIÓN DE FONDOS PARA FUTUROS EVENTOS.
  4. REORIENTACIÓN DE USO DEL ESPACIO COMERCIAL EN ÁREA DE ADMINISTRACIÓN.
  5. PUNTOS VARIOS

No esta demás indicar que de conformidad con el Artículo Dieciséis “Quórum”: de los Estatutos de la  Asociación de Propietarios del Condominio Condado San Nicolás III Fase I, establece que: “El quórum para que  para las sesiones de asamblea general se consideren válidamente reunidas, deberán estar integrados por lo menos con la presencia del 65% de los asociados activos presentes y representados. Si el día y hora fijados en la convocatoria no se reúne el quórum indicado, la sesión se celebrará una hora  después, en el mismo lugar y fecha fijados con los asociados que se encuentren presentes o representados, sin necesidad de nueva convocatoria”.

Para  participar en la asamblea deberá ser propietario de uno o varios inmuebles en el condominio o ser representante, acreditando para el efecto  a través de su documento personal de identificación.

En caso de ejercer la representación de un propietario, el representante deberá presentar carta poder simple de delegación o el mandato respectivo, dicha representación es válida para una residencia, es decir un condómino únicamente puede representar su domicilio y una representación extra. 

.                                                                             Atentamente,

JUNTA DIRECTIVA 2023-2024